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Patines, bicis, hoovers.... los VMP y la nueva movilidad
#31
(06-11-2019, 20:22)Otto77 escribió: Le hacen un rápido test sobre el uso del patinete, aprueba con nota... y no ceerás lo que sucedió después:




Qmeparto Facepalm
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#32
(06-11-2019, 20:22)Otto77 escribió: Le hacen un rápido test sobre el uso del patinete, aprueba con nota... y no ceerás lo que sucedió después:




Es brutal jaja
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#33
La DGT ha publicado una instrucción transitoria mientras prepara el documento definitivo que regula y aclara el uso de estos elementos.

Esta disposición afecta a vehículos monoplaza, de funcionamiento exclusivamente eléctrico, que circulen entre 6 y 25 km/h y cumplan con el Reglamento (UE) nº 168/2013 en cuanto a características técnicas de fabricación, seguridad, etc. El uso de vehículos que no cumplan con ese reglamento o hayan sido modificados para variar sus prestaciones, acarreará la retirada e inmovilización del mismo y 500 € de multa. Un saludo, Vicesat.

Quedan excluidos de estas normas:
  • Vehículos sin sistema de auto-equilibrio y con sillín.
  • Vehículos concebidos para competición.
  • Vehículos para personas con movilidad reducida.
  • Vehículos incluidos en el ámbito del Reglamento (UE) N2 168/2013: patinetes con asiento, ciclo de motor, ciclomotores de dos ruedas…. Se recuerda que estos vehículos requieren de la autorización administrativa para conducir, circular y tener una póliza de seguro, además del uso del casco.
  • Como norma general, los artilugios que no sobrepasen la velocidad de 6 km/h tienen la consideración de juguetes.

No será necesario ni permiso de circulación ni seguro obligatorio, por lo que aunque se cometa una infracción no se quitarán puntos al usuario en caso de que tenga licencia de conducción de otros vehículos.

Sanciones:
  • Alcohol y drogas. Pueden parar al conductor y realizar pruebas. Las sanciones son las mismas que en el caso de conducir otro vehículos, 500 a 1000 € en el caso del alcohol y 1000 € si es por drogas. Si se da positivo se inmovilizará el vehículo y negarse a realizar las pruebas tiene también la consiguiente multa.
  • Uso del móvil. No se puede y hacerlo tiene multa de 200 €
  • Uso de auriculares. Prohibido y multa de 200 €
  • Circulación por la acera. No se puede salvo que la ordenanza municipal diga otra cosa. Multa de 200 €
  • Pasajeros prohibidos. Multa de 100 €
  • Circulación nocturna con chaleco reflectante o luz. No hacerlo tiene 200 € de multa
  • Paradas y estacionamiento. Depende de las regulaciones municipales.
  • Sanciones a menores. Pagarán sus padres o tutores legalmente establecidos.
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#34
Pues mira, en cuanto a las sanciones es una suerte (o no) que no quiten puntos del carnet de conducir por ser sancionado al ir en patinete/bici/whatever. En otros países sí que lo hacen.
[Imagen: 948067_5.png]
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#35
(05-12-2019, 11:33)Estrujenbajen escribió: Pues mira, en cuanto a las sanciones es una suerte (o no) que no quiten puntos del carnet de conducir por ser sancionado al ir en patinete/bici/whatever. En otros países sí que lo hacen.

Lo sé. Pero es muy injusto, porque es penalizar doblemente al que tiene carné del que no, ante el mismo hecho sin conducir un vehículo. Así que bien por ahí. En general, creo que son medidas de sentido común y bastante razonables.
- Lo único que necesitas para freír un huevo es, un Universo -
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#36
(05-12-2019, 11:58)DILINGER escribió: Lo sé. Pero es muy injusto, porque es penalizar doblemente al que tiene carné del que no, ante el mismo hecho sin conducir un vehículo. Así que bien por ahí. En general, creo que son medidas de sentido común y bastante razonables.

Injusto..., sí y no, depende. Si tienes carné de conducir se te presuponen más conocimientos de las normas de circulación que los que no lo tienen, así que por ese lado sería hasta lógico. Por otro lado, es lo que dices, penalizar doblemente y por ahí sería injusto. Dejémoslo en que es algo discutible Elrisas

De hecho, es más lógico que ocurriera lo de sancionar con puntos aquí que por ejemplo en Alemania, ya que en Alemania te enseñan desde pequeño en la escuela a circular y la normativa básica de tráfico. Y en España por lo general en el tema educativo ya tal.

PD: siempre he escrito carnet y en 2019 veo que es la forma incorrecta de decir carné Facepalm
[Imagen: 948067_5.png]
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#37
(05-12-2019, 12:48)Estrujenbajen escribió: Injusto..., sí y no, depende. Si tienes carné de conducir se te presuponen más conocimientos de las normas de circulación que los que no lo tienen, así que por ese lado sería hasta lógico. Por otro lado, es lo que dices, penalizar doblemente y por ahí sería injusto. Dejémoslo en que es algo discutible Elrisas

De hecho, es más lógico que ocurriera lo de sancionar con puntos aquí que por ejemplo en Alemania, ya que en Alemania te enseñan desde pequeño en la escuela a circular y la normativa básica de tráfico. Y en España por lo general en el tema educativo ya tal.

PD: siempre he escrito carnet y en 2019 veo que es la forma incorrecta de decir carné Facepalm

Pero creo que como las normas están publicadas y existe el principio jurídico de que "el desconocimiento de la ley no exime de su cumplimiento", que tengas carné o no no impide que todo el mundo deba conocer cómo circular, por eso creo que para el mismo hecho la sanción debe de ser la misma.

Pd: Carnet es una palabra francesa, en castellano se debe de usar carné pero creo que la forma francesa es aceptable.
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#38
(05-12-2019, 12:54)DILINGER escribió: Pero creo que como las normas están publicadas y existe el principio jurídico de que "el desconocimiento de la ley no exime de su cumplimiento", que tengas carné o no no impide que todo el mundo deba conocer cómo circular, por eso creo que para el mismo hecho la sanción debe de ser la misma.

Pd: Carnet es una palabra francesa, en castellano se debe de usar carné pero creo que la forma francesa es aceptable.

Pues sí, estoy de acuerdo, creo que es la perspectiva correcta desde donde hay que mirar este tema. Mola
[Imagen: 948067_5.png]
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#39
(05-12-2019, 11:58)DILINGER escribió: Lo sé. Pero es muy injusto, porque es penalizar doblemente al que tiene carné del que no, ante el mismo hecho sin conducir un vehículo. Así que bien por ahí. En general, creo que son medidas de sentido común y bastante razonables.

Estoy de acuerdo. Bien por las medidas, aunque sean transitorias y bien por no restar puntos del carnet.

Veremos cómo queda el reglamento definitivo, pero vería muy injusto que perdieras el saldo de los puntos del carnet y no pudieras desplazarte en patinete eléctrico
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